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Las cámaras de comercio de Lanzarote y Fuerteventura, las más transparentes de Canarias

“Seis años después de estar en vigor la Ley de Transparencia de Canarias no puede ser aceptable que algunos colegios profesionales sigan sin dar cuenta a sus colegiados y a la ciudadanía”

Diario de Fuerteventura 0 COMENTARIOS 25/07/2021 - 12:59

Las cámaras de comercio de Lanzarote y Fuerteventura se encuentran entre las corporaciones de derecho público más transparentes de Canarias, según el Índice de transparencia hecho público este domingo.

Las dos primeras organizaciones con el Colegio oficial de médicos de la provincia de Las Palmas y el Colegio profesional de químicos de Canarias, ambas con una nota de 10.

La tercera entidad con mejor puntuación en cuanto a transparencia es la Cámara de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Lanzarote, presidida por José Torres Fuentes, con un 9,64.

La sexta entidad del Archipiélago con mejor puntuación -un 9,36- es la Cámara de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Fuerteventura, presidida por Antonio Rodríguez Marichal.

Para encontrar a las otras dos cámaras de comercio del Archipiélago, la de Gran Canaria y la de la provincia de Santa Cruz de Tenerife, hay que descender hasta los puestos 17 y 18, respectivamente, con solo un 6,1 y un 5,9 de puntuación.

Durante el último año auditado, los colegios profesionales y las cámaras de comercio de Canarias tuvieron una nota media de 4,5 en el Índice de Transparencia.

Ahora esas entidades, que son corporaciones de derecho público, han sido emplazadas a autoevaluarse y a presentar su declaración de transparencia correspondiente a 2020 en la sede electrónica del Comisionado antes del 31 de julio para cumplir el mandato de la ley.

A una semana de que acabe la segunda y última prórroga del plazo, buena parte de las que el año pasado incumplieron no han comenzado a cargar aún su declaración de transparencia.

Las entidades que persistan por segunda vez en el incumplimiento de las obligaciones informativas establecidas en las leyes de transparencia serán apercibidas, a los efectos de que sus órganos de gobierno, sus colegiados y las instancias de control del Gobierno de Canarias dispongan del debido conocimiento.

En el ejercicio anterior, se convocó a los 62 colegios profesionales y a las cuatro cámaras de comercio de la Comunidad Autónoma de Canarias. De ellas, solo 46 rindieron cuentas ante el órgano garante de la transparencia, presentando su declaración de transparencia correspondiente a 2019; y las 20 que no lo hicieron han sido calificadas como “incumplidoras” de las obligaciones informativas de la Ley de Transparencia de Canarias.

Las 46 corporaciones declarantes registraron una nota media de 4,5 puntos. "Dado que era el primer año en que se les emplazaba a chequear sus portales de transparencia y autoevaluarse, la puntuación de 4,5, sin ser satisfactoria, no es tan negativa como pudiera parecer si se tiene en cuenta que el primer año que se chequearon los portales de transparencia de las administraciones públicas la nota media fue inferior a 4”.

“Seis años después de estar en vigor la Ley de Transparencia de Canarias no puede ser aceptable que algunos colegios profesionales sigan sin dar cuenta a sus colegiados y a la ciudadanía en general de las informaciones que les requiere la normativa”, señala el comisionado de Transparencia de Canarias, Daniel Cerdán.

Cerdán destaca que “son organizaciones democráticas, donde sus órganos de gobierno se eligen por votación y obligadas por la ley a rendir más cuentas que las entidades privadas y menos que las instituciones públicas. Muchas no han cambiado sus hábitos a pesar de las leyes de transparencia", critica.

Información obligatoria

Los contenidos informativos que estas entidades tienen que publicar en sus portales de transparencia son: la normativa aplicable y la información relativa a las funciones que desarrolla; el organigrama; los órganos de gobierno, de dirección o de administración, indicando sus competencias y funciones; la identificación y el perfil y trayectoria profesional de los responsables de los diferentes órganos y de los directivos.

También el registro de actividades de tratamiento de datos personales; las cuentas anuales o instrumento informativo similar; los contratos formalizados, incluyendo denominación y objeto, duración, importe de licitación y de adjudicación, procedimiento utilizado, instrumentos a través de los cuales se haya publicitado, número de licitadores participantes en el procedimiento, identidad de las personas o entidades a las que se adjudica el contrato, datos estadísticos sobre el porcentaje en volumen presupuestario de contratos adjudicados a través de cada uno de los procedimientos previstos en la legislación de contratos del sector público o relación trimestral de contratos menores, especificando número, importe global y porcentaje que representan respecto de la totalidad de los contratos formalizados, entre otros datos.

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