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El Comité de Afectados del Casco Viejo de Corralejo suma ya 126 sentencias favorables

La Audiencia Provincial confirma la sentencia que declara que la comunidad de propietarios formada por María Inés Morera Peña, Rafael Juan Morera Peña, África del Carmen Morera Peña y Angelina Morera Peña “son los legítimos dueños” de la vivienda de la calle La Iglesia número 18

Diario de Fuerteventura 0 COMENTARIOS 25/07/2025 - 09:42

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha dictado una nueva sentencia sobre el caso de las casas del Casco Viejo de Corralejo mediante la cual desestima el recurso de apelación interpuesto por la entidad mercantil Delval Internacional, S.A., administrada por José Manuel Jiménez del Valle, sobre la vivienda de 29,14 metros cuadrados ubicada en el casco histórico de Corralejo, en la calle La Iglesia número 18, propiedad de los coherederos de María Inés Morera Peña, Rafael Juan Morera Peña, África del Carmen Morera Peña y Angelina Morera Peña, que ha defendido el letrado grancanario Javier Medina Medina.

La empresa Delval Internacional, S.A. centraba su recurso, ante el Tribunal de Segunda Instancia, en dos cuestiones: en la falta de legitimación activa y en que no quedaba metros cuadrados suficientes en la finca 951 que diese cabida a la casa afectada, según explican en un comunicado el representante legal del comité.

En cuanto al primer alegato, la magistrada ponente Corral Losada, aclara que María Inés Morera Peña, como expresa claramente la demanda, actúa además en beneficio de la comunidad hereditaria de los bienes dejados al fallecimiento de sus padres, Ginés Bernardino Morera González y Carmen Peña García, habiéndose tramitado las correspondientes actas de notoriedad para la declaración de herederos abintestato. Es más, como señala la sentencia dictada en su día en Puerto del Rosario, la vecina María Inés había probado su condición de heredero y, sin embargo, Delval Internacional, S.A. “no ha probado la existencia de la oposición por parte del resto de coherederos sino se ha limitado en simples afirmaciones vacías de prueba”.

Hace constar la magistrada que el recurso interpuesto por la empresa que administra Jiménez del Valle se ha dedicado, en gran medida, a reproducir lo ya afirmado en el correspondiente escrito de contestación a la demanda oponiéndose de forma genérica a la valoración de la prueba desarrollada por la jueza de instancia en cuanto al título de propiedad y a reiterar las limitaciones de cabida de su propiedad al no quedar metros cuadrados suficientes.

Del examen de la prueba practicada la Sala indica que no existe error alguno en la valoración de la prueba llevada a cabo por la jueza de Instancia, debiendo esta Sala calificar como acertada la pericial aportada y la abundante documental acompañada con la demanda, siendo compartida plenamente.

En cuanto a la identificación de la finca, la magistrada destaca lo expresado en el informe pericial y comenta que es determinante el documento emitido por la Registradora de la Propiedad de Corralejo que viene a señalar que la propiedad de los actores no está inscrita como finca registral independiente a nombre de persona alguna, si bien la misma forma parte de la finca 951, inscrita a favor de la mercantil Delval Internacional, S.A.

Estudiado el caso, la Sala confirma la sentencia dictada el 26 de septiembre de 2023 por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 7 de Puerto del Rosario en la que declara que la comunidad de propietarios formada por María Inés Morera Peña, Rafael Juan Morera Peña, África del Carmen Morera Peña y Angelina Morera Peña “son los legítimos dueños” de la vivienda que se encuentra en la calle La Iglesia y, condena a pagar las costas del procedimiento a la empresa Delval Internacional, S.A.

Con esta nueva sentencia, ya totalizan 126 las resoluciones judiciales favorables a los vecinos del pueblo marinero de Corralejo.

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