TRIBUNALES

La Audiencia archiva la imputación de Astica y la considera “absolutamente infundada”

En su auto, cuestiona la falta de motivación del juez Ruipérez de haber imputado al exconcejal de Votemos acogiendo la “rocambolesca pretensión” de la defensa del empresario investigado por el intento de soborno en el caso Hamacas

Álvaro de Astica, denunciante del caso Hamacas.
M. Riveiro 0 COMENTARIOS 25/01/2020 - 07:49

La Sección Primera de la Audiencia Provincial ha archivado la imputación contra el exconcejal Álvaro de Astica, que denunció un intento de soborno en el caso Hamacas. En su resolución, la Audiencia echa por tierra la decisión del juez José Luis Ruipérez, que imputó a Astica tras la declaración del investigado que presuntamente le intentó sobornar, y la tacha de “absolutamente infundada”.

El exconcejal de Votemos denunció que un empresario que explotaba hamacas en Corralejo, Gregorio Roberto Vega, se había puesto en contacto en varias ocasiones para que “a cambio de una cantidad de dinero” lograse “influir en otros concejales” con el objetivo de que “se le adjudicase un servicio público se explotación de playas”.

Según la denuncia que cursó la Fiscalía, el empresario telefoneó al entonces concejal para concertar una cita en la que “le entregó un sobre” que contenía “2.300 euros” que “provenían” de un “socio” suyo, pero Astica “había avisado a las autoridades y el dinero fue entregado” e “incautado”.

Tras la declaración en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Puerto del Rosario, como investigado, del citado empresario, el juez Ruipérez decidió, en junio del año pasado, citar como investigado también a Astica, a pesar de que había sido el denunciante y de que había informado en todo momento del intento de soborno a las autoridades.

La Audiencia ha desmontado la imputación de Astica dictada por el juez Ruipérez y señala en su auto que el conocimiento del intento de soborno se produjo precisamente porque el entonces concejal informó del mismo a la Fiscalía y a la Policía “con antelación” al “acto del pago”.

De hecho, recalca la Audiencia, cuando se produce la entrega del dinero, el asunto se encontraba “bajo el amparo de una investigación preprocesal auspiciada por la Fiscalía” y el empresario fue detenido.

El auto de la Audiencia, del que es ponente el magistrado Secundino Alemán, destaca que el Juzgado no debió tener en cuenta la “mera manifestación” del empresario investigación de que la “iniciativa” la tuvo el entonces concejal de Votemos. “Resulta simplemente absurdo”, argumenta la Audiencia, la tesis de la defensa del empresario “si nunca hubiese tenido la intención de participar en este tipo de conductas”.

Así, recalca que si el empresario no tenía intención de sobornar,  lo “razonable” habría sido lo que hizo Astica y “tan pronto como recibe esa supuesta solicitud de dádiva” podía “haber acudido a la Policía o a la autoridad fiscal o judicial poniéndolo en su conocimiento a fin de que incluso pudieran intervenir en el momento del pago, como sí que hizo el denunciante” Álvaro de Astica.

Es más, la Audiencia resalta que el empresario investigado “admite el pago y no pone en duda el contenido de la grabación” del encuentro en el que se produjo, y añade que en la investigación se encuentra la “prueba incriminatoria” que es la que será analizada en su momento “para determinar si procede o no la condena del investigado”.

Falta de motivación del juez Ruipérez

La Audiencia se muestra especialmente crítica en su resolución con la falta de motivación de la decisión del juez Ruipérez de imputar a Astica “tres años después” de que se iniciara la investigación de los hechos y acogiendo la “rocambolesca pretensión de la defensa” del empresario investigado.

En ese sentido, la Audiencia recuerda que la resolución judicial debería haber estado motivada pero esa motivación, añade, “brilla por su ausencia”. Además, considera que no resulta “admisible” una “muy tardía imputación” cuando ya está “muy avanzada la investigación” y “sin nuevos datos que posibiliten un juicio indiciario de responsabilidad criminal”.

En la misma línea, la Audiencia afea al Juzgado que no consta ninguna diligencia que arroje “un resultado objetivo mínimamente sostenible que posibilite considerar que efectivamente el denunciante” Álvaro de Astica “tuviese una implicación punible en estos hechos”.

“Corrupción en la contratación pública”

La Audiencia también destaca que el intento de soborno está vinculado a un delito catalogable como de corrupción en la contratación pública, ante el que “se debe actuar con sumo cuidado a la hora de valorar la eventualidad de dirigir la investigación hacia los propios denunciantes, por las perversas connotaciones” que puede tener para la “erradicación” de este tipo de conductas.

“Una cosa es la exigencia de prueba bastante para condenar”, subraya la Audiencia, “y otra muy distinta convertir el alegato exculpatorio” del empresario investigado en “una fuente de incriminación frente al denunciante, sin más datos que las interpretaciones subjetivas del que ya está siendo objeto de investigación”.

La pretensión “pintoresca” del juez

En su auto, la Audiencia también censura otra decisión del juez Ruipérez, que pretendió que declarase como testigo la fiscal que participó en la fase inicial de la investigación del intento de soborno y que formuló la denuncia ante el Juzgado.

La Audiencia tacha de “pintoresca” y “exótica” la intención del juez de que declare la fiscal, una diligencia a la que se opuso la Fiscalía, que ante la Audiencia Provincial también se adhirió a la petición de archivo del procedimiento para Astica.

Astica indicó este viernes, tras la notificación del auto judicial de la Audiencia Provincial, que estudia adoptar “medidas legales” contra el juez y contra Dennis Miranda Wallace, que estuvo investigado en el caso Hamacas, por diversas declaraciones vertidas en los medios de comunicación tras el archivo de la parte del procedimiento relacionada con las subastas del Ayuntamiento de La Oliva.

Lo que queda del caso Hamacas

El caso Hamacas se dividió en dos: el intento de soborno denunciado por Astica, que es la parte que permanece viva y sobre la que la Audiencia ha señalado que debe “proseguir”, y la investigación sobre las subastas de los lotes de hamacas por parte del Ayuntamiento de La Oliva, que otra Sección de la Audiencia Provincial ha archivado recientemente.

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