Este viernes 11 de julio se elige a los miembros del jurado en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas y el juicio comenzará el lunes día 14 de julio

Fiscalía pide tres años de prisión para el acusado de allanar la morada y quebrantar la pena de alejamiento sobre su expareja en Fuerteventura
Este viernes 11 de julio se elige a los miembros del jurado en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas y el juicio comenzará el lunes día 14 de julio
Este viernes 11 de julio en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas se elegirá a los miembros del jurado para el juicio en el que la fiscalía pide tres años de prisión y otros cinco de alejamiento para el acusado de allanar la morada y quebrantar la pena de alejamiento que pesaba sobre él sobre su expareja. Está previsto que el juicio comience el próximo lunes día 14 de julio.
El acusado cuenta con antecedentes penales que computan a efectos de reincidencia. En concreto, fue condenado el 13 de enero de este año por un delito de lesiones a un año y cuatro meses de privación a tenencia y porte de armas así como un año de prohibición a acercarse a la víctima. En marzo de 2024 fue condenado por un delito de quebrantamiento a 12 meses de multa y previamente, en el año 2021 había sido condenado por un delito de conducción sin permiso. Cabe reseñar que el acusado, J.A.M.P. se encuentra en prisión provisional desde el 24 de enero de este mismo año.
Según recoge el escrito de acusación al que ha tenido acceso Diario de Fuerteventura, el acusado, mantenía una relación que finalizó en enero de 2025. Además, tiene prohibido durante un año a acercarse o comunicarse a ella por una sentencia firme con fecha de 13 de enero de 2025 dictada por el juzgado nº 1 de Puerto del Rosario.
El Ministerio Fiscal señala que J.A.M.P., “a pesar de tener pleno conocimiento” de la prohibición ya mencionada y de encontrarse en vigor, “en la madugada del 20 de enero de 2025 accedió al domicilio de su expareja en Corralejo tras abrir la puerta del portal y del piso donde ésta reside”.
Una vez en el interior, prosigue el escrito, el acusado registró la vivienda “por si la víctima se encontrara acompañada de otra persona”. A continuación, se dirigió a ella que se econtraba en el balcón con el móvil “para pedir ayuda y le pidió un abrazo”, algo a lo que la víctima “se niega rotundamente y le aparta”. En ese momento J.A.M.P. se percata de que la madre de la víctima se hallaba en el exterior llamando a la policía y por ello se marcha del lugar.
La Fiscalía señala en el escrito de acusación que la víctima mostró “en todo momento” una actitud “claramente obstativa” a la presencia del acusado en el domicilio “no sólo al refugiarse en el balcón para pedir ayuda, sino al expresar verbalmente que se marchara de modo reiterado”.
Los hechos constituyen, según el Ministerio Fiscal, un delito de allanamiento de morada y un delito de quebrantamiento de pena con el agravante de reincidencia con respecto a este último delito.
Por ello, la Fiscalía solicita tres años de prisión y otros cinco años de prohibición comunicarse con la víctima por cualquier medio de comunicación, medio informático o telemático así como aproximarse a ella a una distancia inferior a 500 metros respecto a su domicilio, lugar de trabajo y a cualquier otro lugar frecuentado por ella.















Comentarios
1 Alejandro Lun, 07/07/2025 - 19:49
2 Tres años Mar, 08/07/2025 - 08:33
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