Iniciativa en Pájara

Podemos pide que los comercios tengan derecho a decidir sobre la entrada de animales

Diario de Fuerteventura 0 COMENTARIOS 25/10/2017 - 04:16

El círculo municipal de Podemos en el municipio majorero de Pájara ha presentado en el Ayuntamiento una iniciativa en la que propone un cambio en la redacción de la ordenanza reguladora de la protección y tenencia de animales domésticos

Como resultado del trabajo conjunto de asociaciones animalistas y propietarios de bares y restaurantes del municipio de Pájara, Podemos ha presentado un escrito en el Ayuntamiento solicitando un cambio en la redacción de la ordenanza reguladora de la protección y tenencia de animales domésticos.

Se trata del artículo 25 concretamente, el cual prohíbe expresamente la entrada de animales de compañía en todo tipo de locales destinados a la elaboración, venta, almacenamiento y consumo de alimentos.

Tal y como explica Podemos en el texto registrado en el Consistorio, “Pájara es un municipio donde abunda la ciudadanía animalista”, con “muchos propietarios de mascotas concienciados sobre cuales las formas adecuadas para la sana convivencia de todos tanto desde el punto de vista sanitario como social”.

Por tanto, añade, “esa prohibición no hace otra cosa que perjudicar tanto a los propios establecimientos como a un alto porcentaje de la población, sin lograrse con ello ningún objetivo”.

Después del trabajo colectivo entre todos los implicados, la propuesta de Podemos es que el artículo en cuestión se reformule de tal modo que recoja el derecho de los comerciantes a decidir, en última instancia, si quieren permitir o no la entrada de animales.

De este modo, quedaría así: “Los propietarios de establecimiento públicos, podrán prohibir, a su criterio, la entrada y permanencia de animales en los mismos, debiendo anunciarse, tanto esta circunstancia como su admisión, en lugar visible a la entrada del establecimiento”.

En caso de permitirse la entrada y permanencia, la ordenanza recogería también la obligación de que “los animales estén sujetos con cadena o correa y estén provistos de bozal, los que la ley obligue, no así las razas braquicéfalas, como bóxer, bulldog, etc.,  quedando exceptuados de tal prohibición los perros-guía”. 

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