La Justicia condena al Ayuntamiento de Betancuria por despido ilegal
Los tribunales determinaron la “nulidad de pleno derecho” del cese, que se produjo a los tres meses de llegar al cargo el nuevo alcalde
Varapalo para el Ayuntamiento de Betancuria. El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha condenado al Consistorio presidido por Enrique Cerdeña por el despido ilegal de un trabajador, que prestaba sus servicios en un programa para la atención a la calidad de vida y la dependencia, con financiación del Cabildo de Fuerteventura.
La Corporación insular viene formalizando convenios con los ayuntamientos, cada dos años, para que puedan contratar personal y prestar servicios en beneficio de personas vulnerables. El último se suscribió en 2025 y el Cabildo majorero destina 3,4 millones de euros, lo que permite la contratación de profesionales.
El trabajador cuyo despido ha sido anulado, primero por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número dos de Las Palmas, y luego por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, entró a trabajar como funcionario interino en el Ayuntamiento de Betancuria, con cargo al mencionado programa de atención social de 2021 y 2022.
El convenio entre Betancuria y el Cabildo se renovó en junio de 2023 por otros dos años y, durante su ejecución, en mayo de 2024, los servicios técnicos del Ayuntamiento propusieron “mantener la continuidad” del trabajador. Sin embargo, en octubre de ese año el alcalde dictó su destitución, que se hizo efectiva desde el primer día de noviembre, y el motivo que dio fue genérico: “Por la finalización de la causa que dio lugar a su nombramiento”.
El criterio de los tribunales desmonta la decisión del primer edil de Betancuria, que había accedido al cargo apenas tres meses antes, en sustitución de Marcelino Cerdeña. “En el momento en el que se acuerda el cese, no había finalizado la causa que justificó el nombramiento” del trabajador, señaló la sentencia del Juzgado. Por ello, “no podía ponerse fin a la relación funcionarial”. El funcionario interino pidió la activación del protocolo antiacoso dentro del Ayuntamiento.
El empleado pidió la activación del protocolo antiacoso dentro del Ayuntamiento
La sentencia inicial declaró “la nulidad” del despido, reconoció el derecho del trabajador “a ser reintegrado en la plaza que ocupaba, con todos los derechos económicos y administrativos inherentes” y condenó al Ayuntamiento en costas.
En su apelación, el Consistorio admitió de forma implícita que se había despedido al trabajador mientras estaba en vigor el convenio con el Cabildo, al pretender que los “efectos” de su “reincorporación” se limitasen hasta el 31 de mayo de 2025. El TSJC, que ha confirmado recientemente la firmeza de su sentencia, avala la “nulidad de pleno derecho del decreto de cese”.

















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