Puerto del Rosario

El 17 y 18 de febrero se podrán presentar las solicitudes para los ventorrillos del Carnaval

Diario de Fuerteventura 0 COMENTARIOS 14/02/2020 - 13:55

La Concejalía de Festejos del Ayuntamiento de Puerto del Rosario, que dirige David Perdomo, publican por primera vez las bases genéricas sobre la instalación de ventorrillos y similares en las fiestas y eventos que tienen lugar en el municipio durante todo el año, con lo que los interesados tendrán un marco normativo al que acogerse para facilitar su autorización.

Las presentes bases tienen por objeto la regulación del procedimiento para la adjudicación de las autorizaciones de uso común especial para la instalación de ventorrillos, casetas, caravanas e instalaciones similares en las diferentes fiestas del municipio.

El Ayuntamiento anuncia que los 17 y 18 de febrero, lunes y martes de la próxima semana, los interesados en instalar ventorrillos en el Carnaval de Día de Puerto del Rosario  deberán presentar las correspondientes solicitudes en el Registro Municipal.

Las solicitudes tendrán que estar acorde con las Bases reguladoras para concesión de autorizaciones de uso común especial para la instalación de ventorrillos, casetas, caravanas e instalaciones similares en las fiestas y eventos del municipio de Puerto del Rosario.

El Ayuntamiento capitalino garantizará el servicio en claves de seguridad, salubridad, competitividad e igualdad de oportunidades. Se regularán por diferentes tipos de instalaciones que se definen de la siguiente manera:

-Tipo A: Profesionales del sector. Casetas, caravanas y similares destinados a la venta de todo tipo de comidas y bocadillos, así como bebidas, incluidas las alcohólicas. Estos puestos en ningún caso podrán: - Exceder de 8 metros lineales con las ventanas cerradas. - En el caso de remolques será obligatorio retirar la lanza, en caso de no poder desinstalarse, se debe cubrir, vallar y señalizar, en condiciones de seguridad, además se abonará la tasa correspondiente por el espacio adicional que ocupe la misma.

- Tipo B: Profesionales del sector. Puestos de golosinas, algodón, frutos secos, helados, churros, papas asadas o similares.

-Tipo C: Entidades sin ánimo de lucro. Puestos gestionados y administrados por Clubes, Asociaciones y Colectivos Culturales, Recreativos, Gastronómicos, etc. - Estos puestos se ubicarán en los recintos todos juntos y en una zona habilitada para tales fines. Asimismo estarán exentos del pago correspondiente por el uso del espacio ocupado.

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