TRIBUNALES

Condena de cárcel por delito electoral en La Oliva

Una funcionaria del Ayuntamiento excluyó de forma ilegal de las mesas electorales a ciudadanos españoles con nombres y apellidos extranjeros pese a que les correspondía

Sede del Ayuntamiento de La Oliva. Foto: DIARIO DE FUERTEVENTURA.
M. Riveiro 4 COMENTARIOS 10/03/2021 - 11:40

Alí Mohamed es español. El azar determinó que debía formar parte de una mesa electoral en las elecciones municipales y autonómicas en La Oliva, pero una funcionaria del Ayuntamiento majorero lo impidió.

El Juzgado de lo Penal número dos de Puerto del Rosario ha dictado sentencia: Rosa Delia Cabrera, que ha ejercido de secretaria del Ayuntamiento de La Oliva en diferentes etapas, incurrió en un delito electoral junto a otro por “impedir el legítimo ejercicio de un derecho cívico”.

La condena asciende a 16 meses de cárcel, además de inhabilitación para el empleo público de secretaria o interventora durante el mismo tiempo, y una multa de 7.200 euros.

El delito se produjo en abril de 2015, en un pleno municipal en el que se celebró el sorteo para elegir a los miembros de las mesas electorales. Al mes siguiente se desarrollaron los comicios municipales y autonómicos.

Además de secretaria accidental del Ayuntamiento, la condenada era la delegada de la Junta Electoral y la sesión plenaria se produjo “bajo su absoluto control formal”.

Un programa informático es el que, de forma aleatoria, designa a los miembros de las mesas electorales entre las personas inscritas en el censo con derecho a voto.

En el transcurso del sorteo salió el nombre de Alí Mohamed. Tras leerlo, la funcionaria propuso excluirlo.

La sentencia considera probado que alegó que “probablemente no conocería bien la lengua española” y que “daría problemas” el día de las elecciones. El Juzgado resalta que la condenada era “perfectamente conocedora de que no podía alterar la aleatoriedad del sorteo” y que “no le correspondía a ella decidir la exclusión de ningún candidato”.

A pesar de ello, Cabrera “manipuló la aplicación informática para proceder a la expulsión de este ciudadano”. Hizo lo mismo “hasta en dos ocasiones más”, cuando la aplicación seleccionaba a un ciudadano de nacionalidad española con nombre o apellidos “de origen extranjero”.

A aquel pleno asistió como público Álvaro de Astica, que salió elegido concejal por Votemos en las elecciones municipales. Observó la ilegalidad y lo denunció ante la Junta Electoral y en el Juzgado de Guardia. La sentencia le ha venido a dar la razón.

La condena es de 16 meses de cárcel, además de inhabilitación para ser secretaria

En su declaración en el juicio, afirmó que “era la primera vez que asistía a algo tan serio” y, en cambio, “parecía una escena de Berlanga”. Le llamó la atención que “semejante esperpento” pudiera suceder con una alcaldesa, Claudina Morales, que había sido senadora y parlamentaria.

La sentencia echa por tierra la tesis de la defensa, de que era una “recomendación” de la Junta Electoral excluir a españoles de origen extranjero, algo “en absoluto acreditado”. La jueza Alicia María Buendía recuerda además que “el conocimiento del idioma español es requisito imprescindible para la concesión de la ciudadanía”.

Al margen de ello y de desconocer si los excluidos eran españoles de origen o nacionalizados, para el Juzgado lo relevante es que se les privó de un derecho y un deber cívico, “sin que la acusada pudiera disponer de ninguno por su libre albedrío”.

“El derecho a la participación en los asuntos públicos es un derecho de todos, y por ello cuando a un ciudadano se le impide su participación en un proceso electoral que no solo constituye su deber, sino al que también tiene derecho, se está cometiendo una acción gravemente censurable, que atenta a un principio básico en el funcionamiento del sistema democrático”, señala la sentencia.

La condenada ha ejercido como secretaria accidental del Ayuntamiento de La Oliva entre 2003 y 2004, entre 2005 y 2007, y de 2011 a 2016. A partir de este último año es administrativa, que es su puesto, como declaró en el juicio. Las fuentes consultadas apuntan a que ha recurrido la sentencia del Juzgado de lo Penal de Puerto del Rosario.

Comentarios

Da pena que quedemos de racistas por el acto de un par de ególatras. La característica principal del pueblo majorero es que somos abiertos y tolerantes. Pero siempre queda una casta rancia que realizan estos actos.
Otro ejemplo de cómo se las gastan, cualquier auxiliar en los ayuntamientos de Fuerteventura, y edificios públicos. Porque se creen qué un auxiliar es un todo poderoso qué sin su consentimiento no se hace nada y no se han enterado, qué son eso, "ayudantes" de bajo rango, el correillo, a ver si ya los enseñan a ser profesionales y dejarse de idioteces.
Todo mi cariño a Rosa Delia
Todo tu Cariño a Rosa Delia ? Eres tont@ o no das más. Gracias a tarug@s como tu tenemos la clase política que tenemos en este país !!

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