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Admiten a trámite el recurso contra el auto de derribo en la casa de Cueva de la Negra

La familia de Pascuala Roger pide expresamente a la Demarcación de Costas que no lleve a cabo la intervernción prevista para el próximo 21 de septiembre

EFE 0 COMENTARIOS 18/09/2026 - 13:46

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 6 de Las Palmas de Gran Canaria ha admitido a trámite el recurso de apelación interpuesto por Pascuala Roger Pérez, propietaria de una vivienda centenaria pendiente de demoler, contra el auto que autorizó la entrada en el inmueble de la Cueva de la Negra, en el municipio majorero de Pájara.

Asimismo, el Juzgado deja constancia de la documentación incorporada al procedimiento, entre ella la comunicación del Ayuntamiento de Pájara solicitando la suspensión de la demolición, así como las alegaciones relativas al informe de la Guardia Civil y el informe técnico aportado por la representación de Pascuala Roger, de los que se da traslado a la Administración demandada para su conocimiento, ha informado la familia en un comunicado.

La familia ha recordado, además, que el propio auto recurrido establece garantías y límites para la entrada en el domicilio y obliga a la Administración a dar cuenta al Juzgado del acto y de cualquier incidencia que pudiera producirse durante su ejecución.

Ante esta situación, la familia de Pascuala Roger pide expresamente a la Demarcación de Costas que no lleve a cabo la actuación prevista para el próximo 21 de septiembre y que se abstenga de cualquier intervención en la Cueva de la Negra hasta que se resuelva el recurso de apelación que ya ha sido admitido a trámite.

La familia considera que, estando pendiente una decisión judicial sobre el propio auto que autoriza la entrada, Costas debe esperar a que el recurso sea resuelto antes de ejecutar una actuación que podría producir consecuencias irreversibles y dejar sin efecto práctico la tutela que se solicita a los tribunales.

Asimismo, la familia ha lamentado que, pese a las medidas cautelares adoptadas por el Cabildo de Fuerteventura para la protección de la vivienda, su entorno inmediato y el subsuelo, no conste en esta resolución una personación del Cabildo en el procedimiento ni una intervención directa de la institución en defensa de sus propias medidas cautelares ante el órgano judicial.

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