TRIBUNALES

Absuelto un hombre acusado de agresión sexual por una mujer de Puerto del Rosario

La Audiencia Provincial encuentra "inverosímil y contradictorio" el testimonio de la denunciante

Diario de Fuerteventura 1 COMENTARIOS 11/07/2019 - 11:49

La Audiencia Provincial de Las Palmas ha absuelto a A.S., vecino de Puerto del Rosario, que fue acusado por una mujer que responde a las iniciales de J.G. de un “delito de agresión sexual con penetración y, con carácter subsidiario, de un delito de abuso sexual con penetración”. La petición de pena solo partió de la acusación particular, ya que el Ministerio Fiscal no presentó cargos.

En el fallo, hecho público este jueves, el tribunal absuelve “libremente” de los hechos al acusado, concluyendo que “no se ha probado que la relación sexual mantenida haya sido inconsentida, o privada la mujer de razón o de sentido, ni anulada la voluntad de la víctima mediante el uso de fármacos, drogas o cualquier otra sustancia natural o química idónea al efecto, tal como exige el código penal”.

Los hechos por los que fue enjuiciado A.S. tuvieron lugar el 1 de agosto de 2016, a las 22.30 horas, cuando el acusado acudió al domicilio de la denunciante para tomar unas cervezas, hecho que ambos admiten, manteniendo con posterioridad relaciones sexuales, consentidas según el fallo.

Sin embargo, y tras el encuentro, J.G, se personó en la comisaría de la Policía Nacional, denunciando que A.S. habría introducido en su vaso una sustancia del tipo burundanga que la habría dejado sin voluntad y producido un efecto de olvido.

En los informes periciales se ha detectado, en cambio, MDMA (éxtasis), una sustancia cuyos efectos nada tienen que ver con los que dice haber sufrido la denunciante. “Unicamente se diagnostica una posible intoxicación por anfetaminas y se adjunta, como resumen de pruebas, el resultado positivo a anfetaminas y etanaol, sin constar en absoluto la posibilidad que arroja la acusación”, especifica la sentencia a este respecto.

Otras de las cuestiones que plantea la sentencia son la contradicciones en las que incurrió la denunciante en su testimonio, “mientras que el denunciado mantuvo en todo momento la misma versión”, e incluso el informe biológico forense practicado a la mujer, en el que no se aprecian lesiones ni sangre o semen en la vagina. Además, se halló un tubo de lubricante en la habitación y un preservativo usado, lo que también apunta al consentimiento de los hechos, según el tribunal.

Asimismo, los testigos de la acusación aludieron a las consecuencias para el estado emocional de la denunciante, que acabó perdiendo la custodia de sus hijos, lo que el tribunal desvincula completamente del episodio denunciado en la causa.

En conclusión, “no hay ningún elemento de prueba, ni siquiera indiciario en esta causa que pueda hacer pensar que ocurrió” lo que denuncia la mujer, destaca la Audiencia.

“Eso se une asimismo al hecho de que toda la testifical y la pericial del estado físico-psíquico de J.G. no lo ha podido acreditar con la suficiente contundencia como para enervar el principio de presunción de inocencia de que las relaciones sexuales que mantuvo con el procesado no fueran consentidas”, añade el tribunal.

Para concluir, en la sentencia se alude a la carencia de credibilidad de la versión de la presunta víctima y se señala la “subjetividad” de su testimonio, que se suma a la ausencia de comprobaciones periféricas” de carácter objetivo, que dejaran huella o vestigio de perpetración del delito.

 

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