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Abierto hasta noviembre el plazo voluntario de pago de tasas municipales de Antigua

Diario de Fuerteventura 0 COMENTARIOS 13/09/2018 - 08:50

El Ayuntamiento de Antigua recuerda a los residentes en el municipio que ya se encuentra abierto el período voluntario de pago de  los tributos municipales correspondientes al ejercicio 2018.

Corresponden a este segundo período de cobranza los impuestos  correspondientes a Actividades Económicas (IAE), Vehículos de Tracción  Mecánica (IVTM) y Bienes Inmuebles Rústicos (IBIR), además de las  tasas de Ocupación de la Vía Pública con mesas y sillas y de Residuos  Sólidos (domiciliaria e industrial).

El cobro de  tributos se realiza desde el Ayuntamiento de Antigua, fraccionando en  diferentes períodos temporales los distintos tipos de tasas e  impuestos, que a su vez pueden fraccionarse facilitando al  contribuyente su pago, en caso de que éste así lo requiera, recuerda  el alcalde, Juan José Cazorla.

La Oficina Municipal de Recaudación del Ayuntamiento de Antigua,  atenderá cualquier duda o sugerencia de los contribuyentes, donde  también podrán realizar el pago de los tributos en horario de 8:30 a 14:00 horas de lunes a viernes, o en las oficinas bancarias de las  entidades colaboradoras: CaixaBank, Banco Popular, Banco Santander y  Bankia.

Desde el Ayuntamiento de Antigua se recuerda a los contribuyentes que  entre las medidas adoptadas por la Corporación, se encuentra la de  bonificar con un 4 por ciento el pago de los tributos mediante domiciliación  bancaria.

Vencido el plazo voluntario de pago, y no habiéndose acogido al  fraccionamiento del pago, se procederá al procedimiento de apremio con  un recargo del 20 por ciento, más los intereses de demora y costas que se  produzcan. Este recargo será del 5 por ciento cuando la deuda tributaria  no  ingresada se satisfaga antes de ser notificada la providencia de  apremio al deudor, y del 10 por ciento cuando la deuda no ingresada se satisfaga  en los plazos establecidos reglamentariamente una vez notificada la  providencia de apremio. En estos dos últimos casos no se exigirán  intereses de demora.

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