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La Audiencia Nacional confirma la prisión provisional de un ciudadano reclamado por Bélgica detenido en Fuerteventura

El tribunal aprecia riesgo de fuga, ya que fue detenido en un hotel de la Isla, no consta arraigo en España y tiene que cumplir una condena por robo

Diario de Fuerteventura 0 COMENTARIOS 15/10/2025 - 11:31

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha confirmado la prisión provisional, comunicada e incondicional, de un ciudadano de nacionalidad francesa, detenido en Fuerteventura y reclamado por las autoridades judiciales de Bélgica, que fue arrestado para cumplir una condena de 40 meses de prisión por un delito de robo.

El tribunal desestima así el recurso de apelación presentado por la defensa del detenido contra la resolución del Juzgado Central de Instrucción número 1, que decretó su ingreso en prisión en ejecución de una Orden Europea de Detención y Entrega (OEDE) expedida el 25 de junio de 2025.

En su recurso, la defensa argumentó que el reclamado tiene domicilio conocido en Francia, donde reside con su familia y trabaja, y que no habría existido intento previo de localización por parte de las autoridades belgas.

Sin embargo, la Sala considera que el riesgo de fuga “es evidente”, al haber sido detenido en un hotel en la isla de Fuerteventura y no contar con arraigo en territorio español.

La resolución, con ponencia de la magistrada Ana Revuelta Iglesias, recuerda que la prisión provisional en este tipo de procedimientos tiene un carácter instrumental y está orientada a asegurar la entrega del reclamado en el marco de los compromisos internacionales suscritos por España.

Añade que “la realidad es que carece de arraigo en nuestro país, lo que implicaría cierto riesgo de fuga o de no disponibilidad a los tribunales”.

El tribunal destaca además que ya se dictó el auto de entrega y que, dada la “corta duración legalmente tasada” del procedimiento, el riesgo de fuga se ve incrementado.

La medida se adopta al amparo del artículo 53 de la Ley 23/2014, de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la Unión Europea, que permite adoptar medidas cautelares necesarias y proporcionadas para asegurar la disponibilidad de la persona reclamada.

La Audiencia Nacional considera que en este caso no procede la sustitución por medidas menos gravosas y confirma en su totalidad la resolución impugnada.

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