La sentencia ratifica las penas impuestas a dos hombres por dos asaltos cometidos en enero de 2022 en inmuebles del municipio de La Oliva

El TSJC confirma las condenas por dos robos en viviendas de Corralejo con sustracción de un televisor, joyas y una caja fuerte
La sentencia ratifica las penas impuestas a dos hombres por dos asaltos cometidos en enero de 2022 en inmuebles del municipio de La Oliva
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha confirmado las condenas impuestas a dos hombres por un delito continuado de robo con fuerza en casa habitada por dos asaltos cometidos en enero de 2022 en viviendas de Corralejo, en el norte de Fuerteventura, en los que fueron sustraídos, entre otros objetos, un televisor, una tableta, una cámara fotográfica, joyas, un ordenador portátil y una caja fuerte anclada a la pared.
La resolución, de la Sala de lo Civil y Penal del TSJC, desestima los recursos de apelación presentados contra la sentencia de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas, que había condenado a los dos acusados a tres años y seis meses de prisión, en un caso, y a seis años, en el otro, al apreciar en este último la agravante de multirreincidencia.
Según los hechos probados que da por válidos el tribunal, los dos acusados actuaron “puestos previamente de acuerdo y actuando conjuntamente” entre los días 18 y 21 de enero de 2022 en distintas localidades del partido judicial de Puerto del Rosario.
El primero de los robos por los que resultaron condenados se produjo entre las 8.30 y las 17.15 horas del 18 de enero en una vivienda de Corralejo. La sentencia considera acreditado que accedieron al inmueble “después de romper el cristal de una de las ventanas con una piedra” y que, una vez dentro, se apoderaron de un televisor, una tableta electrónica, una cámara fotográfica y joyas, todo ello tasado pericialmente en 3.167 euros.
La Guardia Civil apoyó la investigación en inspecciones oculares, visionado de cámaras, seguimiento del recorrido de una furgoneta y recuperación de la caja fuerte
El segundo hecho confirmado por el TSJC ocurrió entre las 11.00 y las 14.00 horas del 20 de enero en otra vivienda de uso vacacional de Corralejo. En este caso, el acceso se produjo “a través del apalancamiento de una de las ventanas” y del interior sustrajeron un ordenador portátil, una mochila, una chaqueta y una caja fuerte anclada a la pared, valorados pericialmente en 353 euros.
La resolución precisa, en cambio, que no quedó acreditada la participación de los acusados en otros dos robos investigados, uno en El Cotillo y otro también en Corralejo, por lo que esos hechos quedaron fuera de la condena.
En su análisis, el TSJC avala la valoración de la prueba practicada por la Audiencia Provincial y da especial relevancia a la actuación de la Guardia Civil en la investigación. Los agentes realizaron inspecciones oculares en las viviendas afectadas, redactaron el atestado, practicaron gestiones de investigación y llevaron a cabo el visionado de las imágenes captadas por cámaras de seguridad.
Según recoge la sentencia, en las grabaciones se apreció el recorrido de una furgoneta por la zona de los hechos, su matrícula y una particularidad concreta del vehículo, así como la figura de uno de los acusados, la ropa que vestía, el calzado deportivo que llevaba y cómo salía de uno de los inmuebles con “un objeto grande y cuadrado o rectangular”.
Uno de los agentes explicó en el juicio que, a partir de esas grabaciones, se efectuó una simulación del recorrido de la furgoneta, comenzando en Corralejo y continuando hacia otros puntos investigados. Otro guardia civil declaró que participó en la inspección ocular del inmueble del que había desaparecido la caja fuerte y que pudo comprobar que el acceso se había producido por una ventana.
La sentencia también da valor al testimonio de un agente que afirmó haber comparado la vestimenta, los rasgos físicos y el rostro de uno de los acusados con imágenes obtenidas en otra actuación en Puerto del Rosario. Ese guardia civil sostuvo en la vista oral que no tenía “ninguna duda” sobre la identificación.
En las grabaciones se apreció el recorrido de una furgoneta por la zona de los hechos, su matrícula y una particularidad concreta del vehículo, así como la figura de uno de los acusados
Además, ese mismo agente manifestó que la caja fuerte fue localizada a unos 400 metros de la vivienda de la que había sido sustraída, después de que la furgoneta accediera a una calle sin salida y saliera de ella. Añadió que la caja aparecía golpeada y que, en el visionado, se apreciaba cómo era introducida en el vehículo tapada con una prenda.
Respecto al otro condenado, la Sala considera acreditado que condujo la furgoneta utilizada en los desplazamientos y que cooperó directamente en los hechos. La sentencia subraya que acudió a vender las joyas robadas y que reconoció en el juicio haber llevado en varias ocasiones al otro acusado por distintos puntos de Corralejo. También señaló que, en uno de esos desplazamientos, salió de un lugar portando una televisión.
El TSJC rechaza asimismo la pretensión de una de las defensas de rebajar uno de los hechos a hurto. El tribunal recuerda que en el primer robo quedó acreditado el uso de fuerza para entrar en la vivienda, al romperse una ventana con una piedra, lo que encaja en el delito de robo con fuerza.
La Sala también descarta la aplicación de la atenuante de dilaciones indebidas solicitada por una de las partes al entender que la duración del procedimiento, iniciado en marzo de 2022 y juzgado en abril de 2025, no puede calificarse como extraordinaria ni desproporcionada dada la pluralidad de hechos investigados, la existencia de varios perjudicados y la amplitud de la prueba documental, pericial y testifical.















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