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El Ayuntamiento explica que se precintó la actividad en la Plaza Millares Sall por incumplir requisitos legales y de seguridad

El gobierno de Puerto del Rosario rechaza que el motivo se deba a “decisiones arbitrarias o políticas”

Diario de Fuerteventura 0 COMENTARIOS 27/01/2026 - 10:17

El grupo de gobierno de Puerto del Rosario ha salido al paso de la “información errónea que se ha vertido” en los últimos días sobre la adjudicación y el posterior precinto de la actividad en la Plaza Millares Sall. El Ayuntamiento cree necesario realizar una aclaración pública basada en hechos objetivos y en la cronología administrativa del expediente.

De este modo, explica que la concesión del servicio fue resuelta el 21 de octubre de 2022. No obstante, el inicio efectivo de la actividad quedó condicionado al cumplimiento de una serie de obligaciones legales y contractuales imprescindibles, entre ellas la obtención de la licencia de apertura, la contratación correcta de los seguros obligatorios y la acreditación de los medios materiales y humanos necesarios.

El 3 de octubre de 2025, un acta de la Policía Local dejó constancia de que la actividad se estaba desarrollando sin licencia de apertura ni seguro de responsabilidad civil válido, “una situación que, además de contravenir el pliego de condiciones, supone un riesgo evidente para la seguridad de las personas usuarias y trabajadoras”, asegura el Ayuntamiento en nota de prensa.

El escrito continúa explicando que, posteriormente, los informes técnicos emitidos por la responsable del contrato pusieron de manifiesto “múltiples incumplimientos”, entre los que destacan la falta de pago del canon correspondiente a las anualidades 2024 y 2025, así como la inexistencia de seguros exigidos a nombre del concesionario, la ausencia de formación acreditada del personal, la no inscripción en el Registro Sanitario correspondiente y la falta de autorización administrativa para una actividad clasificada, en este caso con instalación de gas, con el riesgo que conlleva al tratarse de un kiosco de madera.

Ante esta situación, el 5 de noviembre de 2025, el órgano de contratación requirió formalmente a la adjudicataria para que subsanara las deficiencias detectadas. Sin embargo, transcurrido ampliamente el plazo concedido, no se acreditó el cumplimiento de los requisitos exigidos, manteniéndose las irregularidades señaladas.

Por todo ello, y “atendiendo exclusivamente a criterios técnicos, legales y de seguridad”, el Ayuntamiento resolvió el 19 de enero de 2026 iniciar el procedimiento de resolución del contrato y ordenar la suspensión inmediata de la actividad, una medida preventiva que tiene como único objetivo proteger el interés general y garantizar que cualquier actividad que se desarrolle en espacios públicos municipales lo haga con todas las garantías legales.

Asimismo, el 21 de enero de 2026, el Departamento de Urbanismo resolvió dejar sin efectos la comunicación previa para la instalación de la actividad, al no resultar compatible con la normativa aplicable, declarando la imposibilidad de continuar con la explotación de la actividad hasta la obtención de los permisos exigidos por la ley y el contrato.

Desde el Ayuntamiento se insiste en que “no existe arbitrariedad ni voluntad de perjuicio”, sino la obligación legal de actuar cuando no se cumplen las condiciones mínimas exigidas por la normativa vigente. “La defensa de la seguridad, la legalidad y el correcto uso de los espacios públicos es una responsabilidad irrenunciable de esta administración”, concluye.

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