La sentencia califica al político como “gestor, dominador y controlador” de la empresa Calaofu, con la que se cometió un fraude en la RIC y que el Marqués de las Dunas utilizaba para “dar sustento y cobertura a las necesidades vitales de los seis hijos” de su segundo matrimonio
La Audiencia condena a González Arroyo a tres años de cárcel como “muñidor” de un plan para defraudar a Hacienda
La sentencia califica al político como “gestor, dominador y controlador” de la empresa Calaofu, con la que se cometió un fraude en la RIC y que el Marqués de las Dunas utilizaba para “dar sustento y cobertura a las necesidades vitales de los seis hijos” de su segundo matrimonio
La Audiencia Provincial de Las Palmas ha confirmado la condena a tres años de prisión, por dos delitos contra la Hacienda Pública, para Domingo González Arroyo, al que califica como “muñidor” del plan para defraudar al fisco, a través de una empresa de la que era administrador de hecho y en la que figuraba como responsable su antiguo chófer en el Ayuntamiento de La Oliva.
De esta manera, la Audiencia ratifica las conclusiones del Juzgado de lo Penal número dos de Puerto del Rosario, que en abril de 2021 condenó a González Arroyo, exalcalde de La Oliva, al considerar que el antiguo senador y exconsejero en el Cabildo majorero controlaba como administrador de hecho la empresa Calaofu, que defraudó 407.620 euros a Hacienda en los años 2009 y 2010.
En su sentencia, la Audiencia condena a González Arroyo a un año y seis meses de prisión, así como a una multa de 437.849 euros por un delito contra la Hacienda Pública, y a otro año y seis meses de cárcel y 377.392 euros de multa por otro delito contra Hacienda. A la empresa Calaofu también se la condena a pagar 377.392 euros de multa.
Además, en concepto de responsabilidad civil, la sentencia establece que González Arroyo al cien por cien y el otro condenado, Eduardo Espinel, al 25 por ciento, deben desembolsar a Hacienda 218.924 euros por el primer delito, correspondiente a 2009, y en las mismas condiciones, junto a la empresa Calaofu,188.696 euros en relación al delito del ejercicio 2010.
La Audiencia Provincial considera a Domingo González Arroyo la “cabeza visible” del plan para defraudar a Hacienda a través de una empresa que controlaba pero en la que aparecía como administrador un testaferro. “Su responsabilidad es obvia, ha sido quien desde el inicio ha gestionado y controlado a la sociedad, obligada tributaria, aunque quede formalmente fuera del organigrama societario”, señala la sentencia.
La sentencia confirma el entramado empresarial de González Arroyo, para el que utilizaba a personas de “confianza”
Además, la Audiencia resalta que la “finalidad” de González Arroyo “era aprovecharse sin más” de “deducciones fiscales” derivadas de la Reserva de Inversiones de Canarias (RIC), pero que “no tenía ninguna intención de materializar debidamente las obligadas inversiones conforme al compromiso legal asumido y que deriva de los incentivos fiscales conectados con la RIC”.
Según la sentencia, González Arroyo, que cuando se cometieron los delitos era cargo público, era “consciente” del “fraude orquestado con el fin de eludir una obligación tributaria”. “La responsabilidad criminal le alcanza”, recalca la Audiencia Provincial, quien le responsabiliza de “buscar extraños artificios con los que eludir esa obligada carga tributaria” que pesaba sobre “su sociedad”, aunque formalmente no apareciera como su administrador.
“Cobertura” familiar
La sentencia también confirma el entramado empresarial de González Arroyo, para el que utilizaba a personas de “confianza”, como Espinel, quien “se ha prestado y ha dado formalmente la cara en lugar del principal gestor y activista”.
En la sentencia se subraya que la empresa condenada contaba “con un importante patrimonio dinerario” y que “ha sido la que se ha encargado de dar sustento y cobertura a las necesidades vitales de los seis hijos” que “González Arroyo tuvo con la que fue su segunda pareja”. “Y queda reflejado que tal acusado siempre ha tratado de hacer efectiva esa cobertura utilizando sus recursos, incluidos los que camufla por esta vía societaria”, añade.
“Dominador y controlador”
La Sección Primera de la Audiencia califica a González Arroyo como “gestor, dominador y controlador de la sociedad sobre la recae la obligación tributaria que se ha eludido y que ha sido objeto del fraude fiscal declarado”, por lo que ratifica en su caso la condena en primera instancia.
En cambio, el otro condenado, “dado su papel no principal y subordinado” hacia González Arroyo, ha visto reducidas las penas de prisión y multa en el mínimo legal, quedando por cada delito fiscal cometido la pena privativa de libertad en un año de prisión y las multas en 218.924 euros y 188.696 euros por los dos delitos, respectivamente.
Las claves del fraude
La empresa Calaofu, controlada por González Arroyo, dotó la Reserva para Inversiones en Canarias con cargo a los beneficios del año 2005 y 2006 por un importe de 605.000 y 600.000 euros, respectivamente. Ello supuso una obligación de materialización de ese importe mediante inversión.
No obstante, “con claro ánimo de defraudar a la Hacienda Pública”, se presentaron deliberadamente en las declaraciones relativas al Impuesto sobre Sociedades de los ejercicios fiscales correspondientes a los años 2009 y 2010 de dicha mercantil unas bases imponibles contrarias a la norma fiscal aplicable.
La empresa controlada por González Arroyo evitó ingresar 407.000 euros a Hacienda, como estaba obligada
Así, incorporaron gastos no deducibles y materializaciones indebidas de las previas dotaciones a la Reservas para Inversiones en Canarias, efectuadas respectivamente en las declaraciones fiscales de los años 2005 y en 2006.
La materialización de la RIC dotada en 2005 consistió en suscribir la ampliación de capital escriturada en enero de 2009 de la empresa vinculada Lubricantes La Oliva, por importe de 555.066 euros, de los que consta efectuada una transferencia bancaria de 500.000 euros el 27 de noviembre de 2008. Esta empresa tampoco realizó ningún tipo de inversión en activos fijos antes del 31 de diciembre de 2009.
Por su parte, la materialización de la RIC dotada en 2006 se realizó mediante la suscripción de dos ampliaciones de capital escrituradas el 31 de diciembre de 2010 de las empresas vinculadas PILA por importe de 348.657 euros, sin que Calaofu efectuase ninguna aportación dineraria “sino una compensación de supuestas deudas de la entidad participada”, y Radio Difusión de Fuerteventura, por importe de 190.467 euros, sin que Calaofu efectuase tampoco aportación dineraria sino una compensación de supuestas deudas. Estas otras dos empresas citadas tampoco realizaron ningún tipo de inversión en activos fijos.
“Con todo ello, omitieron, en evidente perjuicio de la Hacienda pública estatal, el ingreso de las debidas cuotas reales que ascendían respectivamente -hechos los ajustes fiscales correspondientes- a 218.924 euros (año 2009) y 188.696 euros (año 2010)”, destaca la sentencia de la Audiencia Provincial, contra la que cabe recurso de casación.
El 'Marqués de las Dunas' acumula otros tres años de cárcel, de una sentencia pendiente de ratificación por la Audiencia Provincial, por otro fraude de 785.352 euros entre los años 2009 y 2010. Además de la pena de cárcel, tendrá que reintegrar esa cantidad y pagar una multa del doble, más de un millón y medio.
Comentarios
1 Anónimo Jue, 12/01/2023 - 12:53
2 Anónimo Jue, 12/01/2023 - 12:56
3 Vulgánico. Jue, 12/01/2023 - 13:20
4 Anónimo Jue, 12/01/2023 - 13:53
5 Vulgánico. Jue, 12/01/2023 - 14:04
6 Vulgánico.a Jue, 12/01/2023 - 14:07
7 Antipatico Jue, 12/01/2023 - 14:08
8 Anónimo Jue, 12/01/2023 - 14:25
9 ¿ya aceptó el P... Jue, 12/01/2023 - 20:37
10 Betancuria Jue, 12/01/2023 - 20:42
11 Anónimo Vie, 13/01/2023 - 07:58
12 Vulgánico. Vie, 13/01/2023 - 08:27
13 Elora. Vie, 13/01/2023 - 09:08
14 Un indignado más Sáb, 14/01/2023 - 07:57
15 Salvar Dom, 15/01/2023 - 16:50
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